




- Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación
- Normativa española
- Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social
- Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos
- Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad
- Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre empleo público de discapacitados
- Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad
- Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad
- Orden PRE 1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de las personas con discapacidad
- Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a efectos de la Ley 51/2003, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad
- Otros documentos
- II Plan de acción para las personas con discapacidad (2003-2007)
- I Plan nacional de accesibilidad (2004-2012)
- Plan de acción para las mujeres con discapacidad 2007
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La normativa de la Unión Europea del año 2000 sobre igualdad ilegalizaba la discriminación por motivos de origen étnico o racial o como consecuencia de la orientación sexual, religión, creencias, discapacidad o edad de las personas. Estas normas tienen sus cimientos en la amplia legislación de la UE en materia de fomento de la igualdad entre hombres y mujeres. Sin embargo, aún siendo cruciales, las leyes no bastan para poner coto a la discriminación. Son muchas las personas que no disfrutan de igualdad de oportunidades y, por consiguiente, las sociedades europeas que desperdician su talento.
De ahí la utilidad del Año Europeo de Igualdad de Oportunidades para Todos 2007, que permitirá:- Lanzar un amplio debate sobre las ventajas de la diversidad para las sociedades europeas.
- Sensibilizar a los ciudadanos sobre sus derechos a la igualdad de trato y a una vida sin discriminaciones, con independencia del sexo, origen racial o étnico, religión o creencias, discapacidad y orientación sexual.
- Promover la igualdad de oportunidades para todos.


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